Precios de Transferencia-Obligaciones formales

¿Qué son los Precios de Transferencia?

Los precios de transferencia pueden ser denidos como aquellos precios a los cuales una empresa le transere bienes o servicios a vinculados del exterior, vinculados ubicados en Zonas Francas o a personas, sociedades, entidades o empresas ubicadas, residentes o domiciliadas en Paraísos Fiscales.

¿Quiénes deben cumplir con el régimen de precios de transferencia?

1. Contribuyentes del impuesto de renta y complementarios.

2. Quienes tienen vinculados en el exterior y/o vinculados ubicados en zonas francas.

3. Quienes realizan operaciones durante el año gravable con:

a. Vinculados del exterior

b. Personas, sociedades, entidades o empresas ubicadas, residentes o domiciliadas en paraísos fiscales

c. Vinculados ubicados en zonas francas

¿Cuáles son las obligaciones formales que se deben cumplir?

•Inscribirse y / o actualizar el RUT.

• Preparar y presentar documentación comprobatoria.

• Preparar y presentar la Declaración Informativa.

¿Qué se debe actualizar en el RUT?

La casilla correspondiente a “Responsabilidades”, de acuerdo con las obligaciones a cargo por el año gravable de 2014, así:

Código 18 Precios de Transferencia. Para quienes deban cumplir con el régimen, independientemente que estén o no obligados a presentar declaración informativa.

Código 26 Declarante Precios de Transferencia – Declaración Individual. Para los obligados a presentar declaración informativa.

¿Qué es la declaración informativa?

Es aquella por medio de la cual se informan los tipos de operación que el contribuyente realizó con vinculados del exterior, vinculados ubicados en zonas francas o con personas, sociedades, entidades o empresas ubicadas, residentes o domiciliadas en paraísos fiscales en el correspondiente año o período gravable. Están obligados a presentarla los contribuyentes que deban cumplir con el régimen de Precios de Transferencia, cuyo patrimonio o ingreso bruto haya sido igual o superior al equivalente a 100.000 ó 61.000 UVT, respectivamente.

¿Quiénes deben conservar Documentación Comprobatoria?

Los contribuyentes que deban cumplir con el régimen de precios de transferencia y:

• Cuyo patrimonio bruto en el último día del respectivo año o período gravable haya sido igual o superior al equivalente a cien mil (100.000) UVT, o

• Cuyos ingresos brutos en el mismo año hubieran sido iguales o superiores al equivalente a sesenta y un mil (61.000) UVT.

• Que hayan realizado operaciones con vinculados del exterior, vinculados ubicados en zonas francas por un valor igual o superior al equivalente a sesenta y un mil (61.000) UVT.

• Que hayan realizado operaciones con personas, sociedades, entidades o empresas ubicadas, residentes o domiciliadas en paraísos fiscales, cuya totalidad de las operaciones llevadas a cabo, sea superior al equivalente a diez mil (10.000) UVT

¿Cuáles son los vencimientos para la presentación de la Declaración Informativa y la Documentación Comprobatoria de Precios de Transferencia?

Plazos por el año gravable 2016 Declaración informativa y documentación comprobatoria

Últimos dígitos Vencimiento
0 12 de julio del 2016
9 13 de julio del 2016
8 14  de julio del 2016
7 15  de julio del 2016
6 18  de julio del 2016
5 19  de julio del 2016
4 21  de julio del 2016
3 22  de julio del 2016
2 25  de julio del 2016
1 26  de julio del 2016