Uno de los trámites que se desarrollan alrededor del Registro Único de Proponentes es el de su renovación, si usted tiene una inscripción activa en el RUP puede realizar la renovación de su registro desde el 1 de enero y a más tardar el quinto día hábil del mes de abril de cada año.

El Registro único de proponentes –RUP–, como su nombre lo indica, es un registro que llevan las cámaras de comercio al que deben inscribirse personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras domiciliadas o con sucursal en Colombia que quieran celebrar contratos con entidades estatales para la ejecución de obras, suministro de bienes o prestación de servicios.

En este registro consta la información relacionada con la experiencia, capacidad jurídica, capacidad financiera, capacidad de organización y clasificación del proponente.

Tres pasos para renovarlo

1. Seleccione la opción renovación al diligenciar el formulario RUES en el sitio web de la cámara de comercio respectiva. El sistema le mostrará el formulario con los datos registrados hasta la fecha y la persona deberá modificar o adicionar la información que corresponda.

2. Radique la solicitud de renovación de forma virtual con el uso de la firma electrónica o digital del representante legal persona jurídica o persona natural proponente, para lo cual deberá seleccionar los documentos de soporte y revisar la lista de chequeo, que será visualizada al finalizar el diligenciamiento del formulario. La firma electrónica se plasma a través de una clave virtual que puede generar sin costo en: http://linea.ccb.org.co/clavevirtual/portalconsulta/default.aspx.

3. Adjuntar los documentos soporte de la información que se modificará, teniendo en cuenta lo siguiente:

a) La renovación deberá estar acompañada con la declaración de cumplimiento del artículo 50 de la Ley 789 de 2002 respecto del pago de parafiscales, con excepción de las actuaciones de las sociedades extranjeras.

b) Si modifica el tamaño de la empresa según el artículo 2 de la Ley 590 de 2000, modificado por el artículo 43 de la Ley 1450 de 2011 y sus decretos reglamentarios o las normas que los modifiquen, debe reportarlo en el formulario y presentar la correspondiente certificación.

c) Los códigos de clasificación que reporte en los contratos que pretenda inscribir en la experiencia corresponderán al objeto del contrato.

d) Diligenciar en el formulario la información financiera con corte al 31 de diciembre del año anterior y aportar:

  • Los estados financieros bajo Normas Internacionales de Información Financiera y sus notas.
  • La certificación de gastos de intereses.
  • Copia de la tarjeta profesional y certificación vigente de antecedentes disciplinariosexpedida por la Junta Central de Contadores del revisor fiscal o contador según corresponda.
  • Las personas jurídicas deben adjuntar: el anexo donde se registran las principales cuentas detalladas del balance general (Estado de situación financiera), principales cuentas del estado de pérdidas y ganancias (Estado de resultados) y cuentas contingentes deudoras y acreedoras.
  • Si en los estados financieros preparados bajo Normas Internacionales de Información Financiera no se totalizan las cuentas contempladas en el Decreto 1082 de 2015, para el cálculo de los indicadores de la capacidad financiera y organizacional, se deberá anexar: certificación suscrita por el contador, auditor o revisor fiscal, según el caso, en el que establezca las distintas cuentas.

e) Si actualiza las clasificaciones del proponente solo requiere incluir los nuevos códigos en el formulario o eliminarlos, si así lo desea. Las clasificaciones ya inscritas se mantienen.

f) Si modifica la experiencia adicionando nuevos contratos ejecutados, deberá presentar la certificación de cada uno de ellos, sin olvidar el número consecutivo ya reportado.

Las certificaciones expedidas por el tercero contratante deben contener la identificación de las partes, el valor total del contrato ejecutado, los bienes, obras o servicios que corresponden a su experiencia, la fecha de terminación del contrato y los códigos de las clasificaciones UNSPSC –Código Estándar de Productos y Servicios de Naciones Unidas–.

Si la certificación no tiene los códigos debe acompañarla con una declaración suscrita por el proponente persona natural o el representante legal de la persona jurídica en la que conste: valor del contrato expresado en salarios mínimos mensuales legales vigentes a la fecha de terminación; así como los códigos de clasificación con los que se identifican los bienes, obras o servicios, para lo cual hará uso del Clasificador de Bienes y Servicios de las Naciones Unidas en el tercer nivel.

En caso de que el proponente no pueda obtener la certificación antes mencionada, podrá presentar copia de los contratos ejecutados con la firma de las partes, el plazo o duración, el valor determinado y acompañarla de una declaración suscrita por el representante legal, o proponente persona natural, que indique el valor expresado en smmlv a la fecha de terminación, los códigos de las clasificaciones UNSPSC asociados al objeto contractual y la fecha de terminación del contrato.