Régimen tributario de las entidades sin ánimo de lucro

La reforma fortalece el régimen de entidades sin ánimo de lucro, implementando mejores y mayores controles que aseguran que no sea un canal de evasión de impuestos. Así, conservarán los beneficios tributarios las entidades que ejerzan una de las 13 actividades meritorias (salud, educación, cultura, deporte, etc.), que permitan el acceso de la comunidad y que demuestren que reinvierten todos sus excedentes en el desarrollo del objeto social.
Se entenderá que estas entidades permiten el acceso a la comunidad cuando hacen oferta abierta de los servicios y actividades, permitiendo que terceros puedan beneficiarse de ellas, en las mismas condiciones que los miembros de la entidad.
Por otro lado, solo serán admitidas a este régimen las entidades que aprueben el proceso de calificación que vigilará la Dian. Esto cerrará una de las puertas principales de evasión del régimen, porque con las normas anteriores cualquier entidad sin ánimo de lucro tenía derecho a beneficios tributarios desde el momento de su constitución. Las entidades que incumplan los requisitos para pertenecer al régimen especial serán excluidas y deberán pagar los impuestos aplicables a las sociedades comerciales.
La reforma le apuesta a un control combinado de la Dian y de la sociedad civil, y por lo
mismo obliga a estas entidades a hacer pública la información sobre su actividad. Podrá ser consultada en línea toda la información sobre patrimonio, composición de los órganos directos, pagos, asignaciones permanentes, donaciones, entre otros.
Para evitar abusos del régimen, la reforma considera distribución indirecta de excedentes la contratación con vinculados o parientes que no se haga a precios de mercado y contiene una cláusula general antievasión que le otorga a la Dian facultades amplias para fiscalizar a estas entidades.
Los cooperativas podrán hacer parte del Régimen Tributario Especial y tributarán a una tarifa especial del 20%. Tendrán las mismas obligaciones de reporte de información que aplican para las demás entidades sin ánimo de lucro.